La herencia de Vega Pámanes

Una de las herencias más funestas que dejará la presidencia de Luis Carlos Vega Pámanes en el Supremo Tribunal de Justicia (STJ) de Jalisco, además de la severa crisis de legitimidad y corrupción en la que lo hundió, es la cancelación del control de confianza para los funcionarios judiciales. 

 

Luis Herrera Luis Herrera Publicado el
Comparte esta nota
Si bien no hay una exclusión de la posibilidad de realizar los controles de confianza a este tipo de servidores, esto debe estar contemplado, en todo caso, en la normatividad” 
José Ramón Cossío Ministro

Una de las herencias más funestas que dejará la presidencia de Luis Carlos Vega Pámanes en el Supremo Tribunal de Justicia (STJ) de Jalisco, además de la severa crisis de legitimidad y corrupción en la que lo hundió, es la cancelación del control de confianza para los funcionarios judiciales. 

 

Vega Pámanes, hoy con licencia, no solo ocultó sus antecedentes penales y, violando la Constitución local, se hizo de una magistratura a la que estaba imposibilitado, sino que fue uno de los más férreos opositores a las pruebas de confianza para el ámbito judicial. 

 

Fue durante su presidencia que el STJ combatió con ahínco en una controversia constitucional la Ley de Control de Confianza, que había entrado en vigor en agosto de 2012 ordenando estos exámenes para todos los miembros del Poder Judicial. 

 

Es decir, Jalisco contó momentáneamente con una ley que obligaba la aplicación de estas pruebas no solo a los agentes policiales y de procuración de justicia, sino también al Poder Judicial, sin omitir a los magistrados del STJ, con su propia Unidad de Confianza. 

 

El ingreso y permanencia de jueces y magistrados había quedado así condicionado a pasar por esta evaluación, que incluía tanto el examen poligráfico, como la búsqueda de vínculos con la delincuencia, de antecedentes penales, y de enriquecimiento ilícito. 

 

Sin embargo, la estrategia de oposición del STJ que encabezó Vega Pámanes desde su presidencia surtió efectos, y en marzo de 2014 logró que la Suprema Corte de Justicia echara abajo todo el articulado de la Ley referido al ámbito judicial. 

 

Uno de los artículos cancelados decía: 

 

“El Congreso del Estado deberá establecer en las convocatorias para el nombramiento de magistrados del Poder Judicial, consejeros de la Judicatura, así como para el titular del Instituto de Justicia Alternativa, el requisito de que a los aspirantes se les aplicará la evaluación de control de confianza (cuarto transitorio)”.

 

Para los magistrados que se negaran a evaluarse se previó el juicio político como sanción, pero todo se invalidó. 

 

En 2013, primero de la presidencia que Vega Pámanes obtuvo impulsado por el influyente magistrado Leonel Sandoval Figueroa, padre del gobernador, Aristóteles Sandoval Díaz, respondía así sobre su oposición al control de confianza:

 

“Esta reforma fue promulgada en la Legislatura pasada y la publicó el anterior gobernador (Emilio González Márquez); en ese entonces yo dije, y lo sostengo: me formo detrás del último diputado y delante del Ejecutivo para hacerme las pruebas, con mucho gusto”, indicó Sandoval Figueroa en una entrevista publicada por el periódico El Informador.

 

Doble engaño

 

Vega Pámanes fue nombrado magistrado en 2007, así que ocultó a los jaliscienses por una década que había obtenido su encargo violando la Constitución que exige para ello no haber sido condenado a más de un año de prisión, o por un delito “que lastime seriamente la buena fama” sin importar la pena. 

 

Bajo ese engaño tuvo acceso a 3 mil 81 casos penales, de 2007 a 2012. Tras el discurso que enarbolaba de supuesta institucionalidad e legalidad, ocultó también que el control de confianza al que se oponía desde el STJ, probablemente no lo hubiera podido aprobar de haber pasado por él. 

 

La Fiscalía confirmó que Vega Pámanes fue condenado a cuatro años de prisión en 1984 por homicidio imprudencial, daño a las cosas y portación de arma de fuego, luego de robar un auto, atropellar a dos mujeres en su escape -una murió- y disparar a policías. 

 

Pese a ello, el grupo del también muy cuestionado magistrado del PRI, Sandoval Figueroa -quien se aferra a su cargo con un amparo- y el gobernador, lo llevaron a la cúspide del STJ. 

 

 

Control pendiente

 

En la resolución a la controversia 86/2012 con que la Corte echó abajo el control de confianza para jueces de Jalisco, se determinó que sí es factible aplicarles estos exámenes, pero siempre y cuando se lleven a la Constitución local y no se vulnere su autonomía.

 

Aclara que “no se establece en la Constitución Federal la forma de designación de los magistrados y jueces de los poderes judiciales locales, por lo que corresponderá a cada entidad determinarlo en sus respectivas Constituciones y leyes orgánicas”.  

 

El ministro José Ramón Cossío indicó en su voto concurrente que el artículo 116 constitucional marca que este proceso de ingreso debe garantizarse en las constituciones y leyes locales, y advirtió:

 

“Si bien no hay una exclusión de la posibilidad de realizar los controles de confianza a este tipo de servidores, esto debe estar contemplado, en todo caso, en la normatividad señalada, e implementarse con la suficiente autonomía orgánica para evitar la intromisión, subordinación o dependencia del Poder Judicial”. 

 

Es cierto que la SCJN halló deficiencias en la Ley de Control de Confianza, sin embargo, el STJ no propuso ninguna alternativa para poder adoptar estas pruebas, como sí lo hicieron, por ejemplo, los jueces de Tamaulipas, donde se les sigue aplicando.  

 

Tampoco los diputados locales han llevado a la Constitución la obligatoriedad del control de confianza para el Poder Judicial, aunque pueden. 

 

Vigilancia deficiente

 

Más allá del caso Vega Pámanes que evidenció que la corrupción toca al proceso de selección judicial en su más alto nivel, hay otras señales de la necesidad de reforzar la vigilancia de ese Poder.

 

La Fiscalía identificó de 2007 a 2015, por ejemplo, la liberación por jueces de 37 sujetos que, afirma, eran miembros de los cárteles del Milenio, Sinaloa, Familia Michoacana, La Resistencia, La Corona, y Jalisco Nueva Generación.

 

Los magistrados del STJ, además, tienden a autoprotegerse: de 32 quejas ciudadanas promovidas en su contra en 2007-2016, todas terminaron archivadas y una sigue abierta, pues son desahogadas 

por el propio pleno. 

 

En 2016 el STJ ni siquiera aceptó la queja de Fiscalía contra su Sexta Sala por una presunta liberación irregular de tres sujetos ligados a la matanza de las 26 personas  de los Arcos del Milenio en 2011. 

 

Otro de los artículos cancelados en la ley –el 8-, decía “El Congreso y el Consejo de la Judicatura, respectivamente, en el proceso de nombramiento de los integrantes del Poder Judicial deberán realizar la evaluación de control de confianza a los aspirantes”.

 

‘Otras medidas de control’

 

Luis Carlos Vega Pámanes aseguraba que el Poder Judicial no requería del control de confianza, porque bastaba con sus medidas internas de selección y vigilancia. 

 

“Tenemos otras medidas de control”, le dijo a El Informador, “no nos podemos ir a hacer un control de confianza con otro Poder porque sería la invasión de uno hacia el otro; tenemos que ser muy cuidadosos de lo que dice la Constitución (…) El control de confianza ya en sí es un insulto que se le hace a un funcionario al que se le debe de tener toda la confianza, no es lo mismo que un policía”.

 

Empero, era sabedor de lo vulnerable a la corrupción que era el proceso judicial de selección de integrantes, pues ni la Judicatura ni el Congreso habían servido para impedir su llegada a la magistratura en 2007.  

 

Tan deficiente es la evaluación del STJ, que cuando este examinó a Vega Pámanes para ratificarlo por 10 años en 2014, concluyó: “cuenta con una intachable trayectoria laboral”, y le atribuyó “las virtudes judiciales: humanismo, justicia, prudencia, responsabilidad, patriotismo, compromiso social, lealtad, orden, respeto, decoro, perseverancia y honestidad”.

Show Player
Síguenos en Google News para estar al día
Salir de la versión móvil