La extinción de dominio, persecución de los bienes de origen, o destinación ilícita, ya podrá aplicarse en casos de corrupción, delitos cometidos por servidores públicos y robo de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos.
Lo anterior luego de que este martes el pleno de la Cámara de Diputados avalara en lo general y particular las reformas a los artículos 22 y 73 de la Constitución para ampliar el catálogo de delitos por los que se puede aplicar la extinción de dominio.
El aval se dio con mayoría calificada, con 474 votos a favor, a las reformas constitucionales que amplían el catálogo para aplicar la extinción de dominio, mismo que se turnó a los congresos locales.
Agregó que la ampliación del catálogo de delitos por los que se puede aplicar la extinción de dominio incluye el huachicoleo y otros delitos graves, y la extinción de dominio permitirá regresar los bienes a las arcas públicas para los mexicanos.
Por su parte, el perredista, Javier Salinas Narváez, celebró la aprobación y consideró que la medida ayudará a combatir el crimen organizado y la corrupción en la administración pública.
“Estamos ciertos de que la buena instrumentación de esta figura la convertirá en una herramienta indispensable para el combate de los terribles flagelos del crimen organizado y de la corrupción”, concluyó.