INE deberá realizar revocación de mandato “como lo permita el presupuesto”: SCJN

A esta determinación, la SCJN también agregó que se prohibe presentar acusaciones penales o administrativos contra los consejeros del INE
Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
Comparte esta nota

Este miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Instituto Nacional Electoral (INE) deberá ajustar el ejercicio de Revocación de Mandato de acuerdo con el presupuesto que le fue asignado de la manera más eficiente.

De hecho, a esta determinación, la SCJN también agregó que se prohibe presentar acusaciones penales o administrativos contra los consejeros del INE.

Y es que este día, el Ministro Juan Luis González Alcántara notificó una orden del 31 de enero para modificar la suspensión que había dictado el 10 de diciembre pasado de la controversia constitucional 209/2021 presentada por el INE en contra del Presupuesto de Egresos 2022 luego del recorte de 4 mil 930 millones de pesos.

Lo anterior, para que el Instituto Nacional Electoral “lleve a cabo el procedimiento de Revocación de Mandato de la manera más eficiente, tanto como lo permita el presupuesto que hasta el momento tiene programado; así como para que no se ejecute la resolución sobre algún tipo de responsabilidad penal o administrativa en contra de los integrantes del Consejo General de dicho Instituto”, estableció el Ministro.

Lee: Hacienda responde oficialmente al INE que no dará más recursos para revocación de mandato

Con esta decisión, el INE tendrá que organizar la consulta de Revocación de Mandato con los mil 503 millones de pesos disponibles, lo que se traduce en la posibilidad de instalar un menor número de casillas que en el proceso electoral previo. Es decir, solo le permitirá instalar entre 50 y 60 mil casillas en lugar de las 161 mil que ordena la Ley.

INE buscó más presupuesto

Esto se produce después que se modificaron las medidas cautelares por la controversia promovida por el INE en busca de más presupuesto para llevar a cabo dicho ejercicio democrático.

No obstante, la Suprema Corte analizó los hechos supervenientes que el organismo electoral adicionó a su demanda y dispuso que ninguna autoridad “algún tipo de responsabilidad penal o administrativa en contra de los integrantes del Consejo General de dicho Instituto”.

El acuerdo, publicado en los estrados del máximo tribunal, se refiere al incidente de suspensión de la controversia constitucional 209/2021, que modifica la resolución original, decretada el diez de diciembre del año pasado.

Finalmente, con anterioridad, el INE presentó nuevos hechos relacionados con su denuncia inicial, entre ellos la denuncia penal promovida por el presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados, Sergio Carlos Gutiérrez Luna, en contra de los consejeros electorales.

Síguenos en Google News para estar al día
Salir de la versión móvil