https://youtu.be/XOZNBN-0Nhc
En México la cárcel se verá con otros ojos.
El sistema carcelario podría operar con un nuevo enfoque en el que los presos tengan un plan de reinserción hecho a la medida de su personalidad, tengan garantizado el respeto de sus derechos humanos y cuenten con un procedimiento de quejas en contra de la administración de los penales.
Los organismos públicos podrán revisar las prisiones sin necesidad de dar aviso previo a las autoridades carcelarias, podrán hablar con las personas privadas de su libertad a solas y vigilarán que no existan los cuartos oscuros de castigo (calabozos). También habrá revisiones por parte de asociaciones civiles. Todo esto se establece en la nueva Ley de Ejecución Penal aprobada en el Senado y enviada a San Lázaro.
A los prisioneros que sean parte de los grupos vulnerables tendrán más posibilidades de defender sus derechos, consideran especialistas. A los indígenas, por ejemplo, les deberá de ser respetado su modo de vida de acuerdo con sus usos y costumbres y las mujeres en prisión deberán contar con todo lo necesario para su subsistencia y la de sus hijos.
Todo esto es parte de un camino que se prevé “largo y difícil” para poder instalar este modelo que —en la letra— plantea una nueva forma de entender el proceso penitenciario como una manera de reinsertar a las personas privadas de su libertad en la sociedad.
Tanto por esta nueva ley como por la entrada en vigor del nuevo sistema penal acusatorio, se prevé una salida masiva de las prisiones de personas que cometieron delitos menores o cuya culpabilidad no ha sido demostrada, lo cual podría favorecer en el combate del problema de la sobrepoblación carcelaria.
Habrá ‘juicios’ contra prisiones
Un nuevo elemento que tiene esta ley y que no se había establecido antes es que un recluso puede –mediante un procedimiento regulado– acudir a un juez para denunciar maltrato o faltas en contra de sus derechos, asegura Miguel Sarre, académico del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM).
“Modifica las reglas del juego al establecer que las personas privadas de la libertad podrán hacer valer derechos ante un juez de ejecución frente a la administración del centro. Es como si se planteara una especie de minijuicio de amparo donde la autoridad que se conoce en el amparo como autoridad responsable, viene a ser el director del centro”, asegura el experto.
También se faculta al Ministerio Público para terminar con los privilegios en los centros de reclusión.
“Esto va a cambiar para quienes ahora pagan una cantidad para estar en condiciones de privilegio en reclusión”, agrega.
En los centros penitenciarios se han encontrado peceras, pantallas planas, refrigeradores y hasta bares y mesas de billar.
“Todo esto se va a poder llevar ante el juez y decirle ‘por qué permite la autoridad penitenciaria esto’ y el juez realizará una inspección y dirá que es insostenible y ordenará al centro que coloque a todos los internos en las mismas condiciones”, afirma el académico.
Sarre comenta que la instrumentación de la nueva ley será “larga y difícil”, pero “sí puede llegar a cambiar la forma en que se manejan las prisiones en México para que realmente sean espacios donde exista una base de legalidad y mayor orden y seguridad para los internos”.
Esta nueva forma de entender la prisión favorece a los grupos vulnerables, como las mujeres, sus hijos quienes viven en estos centros, las personas adultas y los indígenas.
“Estos grupos están tomando más visibilidad y relevancia y seguramente habrá más elementos para su protección. Porque los propios organismos que tienen el mandato especial de atenderlos, por ejemplo, a las personas adultas mayores, a los indígenas, ellos también pueden accionar e ingresar a los centros. Son actores también ahora y se les da un papel más activo”, considera.
La vigilancia de estas medidas quedará bajo resguardo de los organismos públicos autónomos, como las comisiones de los derechos humanos, y las instancias de la sociedad civil, a quienes se les dará acceso luego de cumplir con un reglamento. Estos organismos también deberán documentar que la libertad de tránsito –que en algunos casos será restringida- no caiga en abusos.
“La libertad dentro del penal también está sometida a control, mientras no sea una forma de aislamiento, de segregación permanente impuesta más allá de lo que establece la sentencia”, refiere.
La Policía Procesal
Deberán desaparecer los casos en que una persona privada de la libertad es mantenida la mayor parte del día en un cuarto incomunicado.
“El caso más significativo va a ser en los centros federales que están muy lejos de la mirada pública. Las cárceles locales sabemos que están muy mal, pero son más permeables, más accesibles a las visitas, y los centros federales no. Ahí tenemos situaciones que sí va a ser muy importante evitar, como la segregación y el aislamiento continuado por meses en condiciones de 23 horas de celda por una de patio”, afirma el experto del ITAM.
Con el nuevo esquema que se discute en el Poder Legislativo, se crea una Policía Procesal, que será la encargada de los traslados de los presos.
“No es ni el Ministerio Público ni es parte de la seguridad del centro, es la policía responsable de trasladar a los internos ante los jueces”, afirma.
El experto llama a la sociedad a no temer a la gente que saldrá de prisión ante el nuevo marco legal.
“Sí va a haber liberación masiva, tanto por algunos de los transitorios de la ley, que lo establece para personas que tenían una posesión mínima de droga y ya estén sentenciados, y también va a haber por la reforma constitucional del nuevo sistema (penal acusatorio), pero esto va a darle un poco de oxígeno al sistema penitenciario porque va a liberar espacios y va a ayudar a superar la sobrepoblación.
“Son personas normales, hay que ver a los presos como personas que tienen un problema jurídico, no como personas que tienen problemas de otro tipo y van a estar cometiendo delitos toda la vida. Hay que romper el estigma de las personas privadas de su libertad”, añade.
Después de todo, el problema más grave de México es la impunidad “y estas personas, debiéndola o sin deberla, ya cumplieron con parte de una pena”.
Mireles, a Tierra Caliente
Con la entrada en vigor de la nueva ley, uno de los favorecidos debería ser José Manuel Mireles Valverde, el jefe de las autodefensas de Tepalcatepec, encarcelado por portación de armas de fuego.
“No es sólo tema de la reforma, es tema constitucional. Él debiera ser trasladado a Morelia y máxime ahora que se va a abrir el nuevo Cefereso 17 en Michoacán”, afirma Miguel Sarre, académico del ITAM.
El Cefereso 17 comenzará funciones en la Tierra Caliente de Michoacán y tiene las condiciones para recibir a Mireles Valverde.
“Es un Cefereso que tiene las condiciones de seguridad. ¿Por qué aplicar un criterio discriminador hacia una persona y considerar que tiene un potencial alto? Si su potencial es tan fuerte que no lo resiste el centro quiere decir que los millones que habrían gastado en este centro no fueron bien gastados”, apunta Miguel Sarre.
Considera que “es una sanción agregada para él y para su familia”.
¿Y con qué dinero?
La nueva Ley de Ejecución Penal se apega al modelo de reinserción social y no al de readaptación social y hasta contempla la creación de planes de actividades de acuerdo con los intereses de la persona privada de su libertad. Hasta aquí todo parece perfecto, pero… ¿Y con qué dinero?
“La realidad es que los centros presupuestarios no tienen esa realidad económica para poder solventar esos gastos. Eso va a representar un reto para las autoridades”, asegura Roberto Cortés, experto en Ejecución Penal.
Por ello, el arranque de este nuevo panorama para los centros de reclusión deberá estar acompañada de un reajuste presupuestario.
“Ahora lo que se busca es que la persona cumpla con un plan de actividades y que antes lo que se buscaba es que la persona cumpliera con un tratamiento penitenciario y ahora lo que se entiende con esta nueva ley es que la persona no está sujeta a un tratamiento por que no está enferma, sino, simplemente, está en prisión porque posiblemente cometió una conducta que por la ley fue considerada como delito”, asegura.
Más beneficios
En México no existía una ley que obligara a las autoridades penitenciarias a respetar los derechos de las personas privadas de su libertad ni había los procedimientos para exigir estos derechos, destaca Roberto Cortés.
“Se supone que antes de una reforma que hubo en el 2008, por el simple hecho de ser una persona la persona privada de la libertad debería tener derechos a la salud, a la educación, los mismos derechos que tenemos con una vida en libertad. El problema es que esto estaba a nivel constitucional, a tratados internacionales o convencional, pero no se habían desarrollado de forma adecuada”, afirma.
El abogado especialista dice que actualmente existe un juicio de amparo penal, pero los jueces de amparo carecen del conocimiento de la realidad que padecen los penales, lo que ahora se espera evitar con los jueces de ejecución.
Los beneficios de la libertad anticipada estarán directamente relacionados con el desarrollo de las actividades realizadas, de acuerdo tanto con los intereses del interno como de la oferta que haya en la prisión.
“Se supone que la ley lo que busca es instaurar las bases para transformar el sistema penitenciario en el que se respeten los derechos de las personas privadas de su libertad, principalmente. Ya sea que estén en prisión preventiva o cumpliendo una sanción penal”, expresa.
Para el especialista falta detallar lo relacionado con “medidas de seguridad especiales” en donde refiere que se podrá restringir el tránsito de una persona en el centro penitenciario.
“Bajo ninguna circunstancia menciona si esa restricción de tránsito puede ser indefinida, puede ser máximo durante 15 o 30 días, no menciona nada. Y esto abre las puertas para legalizar lo que se llama el confinamiento solitario, que es lo que está pasando mucho en las prisiones federales”, advierte.
Con estas medidas, las personas se mantienen en cuartos incomunicados y esto genera problemas psicológicos que perjudican a las personas cuando regresan a la libertad.
‘No son enfermos’
Con el nuevo panorama en el que se prevé concebir a las prisiones, los internos ya no serán vistos como enfermos que requieren tratamiento, afirma Leslie Solís, investigadora de México Evalúa.
“Ya no es algo de querer dar un tratamiento, las personas privadas de la libertad ya no son objetos de tratamiento, de querer cambiarles y lavarles la cabeza, sino sujetos de derechos y obligaciones. El Estado tiene la obligación de proveer servicios y las personas privadas de la libertad tienen la obligación de cumplir con las reglas, la disciplina, respetar a sus compañeros y seguir un plan de actividades”, afirma.
Ya no hay la intención de readaptarlos, sino de reinsertarlos.
“Un sistema penitenciario en el que no se respeten los derechos humanos de las personas allá adentro es un fracaso y esta ley es un paso muy importante para garantizar que sí se respeten los derechos humanos de las personas”.
Destaca que el proyecto de ley es trabajo de varios sectores, desde los operadores del sistema penitenciario, los organismos civiles, académicos y defensores de los derechos humanos.
La defensa de los grupos vulnerables es parte esencial del proyecto.
“Para las mujeres se prevé más derechos para garantizar que su estancia ahí sea mejor. Por ejemplo, si tienen hijos, que los hijos que vivan con ellas en prisión tengan hasta los tres años la atención médica pediátrica necesaria, que tengan servicios de educación, de salud, de cultura, todas las herramientas para que el internamiento no afecte al niño”, refiere.
Las mujeres pueden solicitar ser atendidas por una mujer médico y los indígenas pueden tener educación en su lengua “en la medida de lo posible”, advierte la investigadora.
“Para las personas indígenas se prevé que su educación sea bilingüe y que se respeten sus usos y costumbres en la medida de lo posible dentro del centro penitenciario para evitar discriminación. Otorga derechos especiales para poblaciones que normalmente están en vulnerabilidad”.
Justicia para adolescentes
Los menores infractores tendrán su propio sistema de justicia.
En el Poder Legislativo se discute la Ley Nacional del Sistema de Justicia para Adolescentes Infractores. Dicha ley aplicará para quienes cometan una conducta tipificada como delito por las leyes penales y tengan entre 12 años cumplidos y menos de 18 años, y que sean competencia de la Federación o de las entidades federativas.
La iniciativa remarca la atención especial que debe brindarse a los adolescentes infractores, “dada su situación particular en las que se desenvuelven y por ende sus necesidades especiales de protección”.
La iniciativa está enfocada en la prevención social de los delitos “con base en un enfoque holístico de los derechos y la no criminalización; la especialización policial para la prevención e investigación en la materia; especialización ministerial; especialización de tribunales; especialización de autoridades ejecutoras de las medidas”.
Asimismo, se prevé un Código Nacional de Justicia Penal para Adolescentes que prevea procedimientos homogéneos aplicables por todas las autoridades de la República.
La promotora de la iniciativa es la senadora Angélica de la Peña, quien desde que arrancó su proyecto señaló que el país carece de una política para este sector.
“Se sigue manteniendo a los adolescentes, menores de 18 años de edad y menores de 12 años en una especie de limbo jurídico, no hay una política en el país. Ni la hay ahora, ni la ha habido, que se dedique a garantizar todos los derechos humanos de las personas menores de edad.
“Y cuando llegan a la mayoría de edad siguen arrastrando por desgracia las inercias de la desatención, de la falta de protección de sus derechos y por eso vemos desde hace mucho tiempo que las cárceles están prácticamente llenas por una población de jóvenes mayores de 30 años bastante alta”, señaló la legisladora al hablar de su propuesta en septiembre pasado.