La Secretaría de la Función Pública publicó este martes en el DOF el Código de Ética de la Administración Pública Federal

Nuevo código de ética para burócratas: prohíbe acoso, abrazos, besos y regalos en oficinas

Cabe señalar que el Código de Ética es aplicable a todas las personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal

La Secretaría de la Función Pública publicó este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Código de Ética de la Administración Pública Federal.

Esta es la primera vez que el gobierno publica reglas contra el acoso y el hostigamiento sexual y laboral para todas las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Gracias al nuevo reglamento se prohíbe “realizar o tolerar actos de hostigamiento sexual o acoso sexual, con independencia del sexo, identidad o expresión de género, características u orientación sexuales, de las personas involucradas en tales casos”.

La lista de comportamientos también señala que se debe evitar realizar piropos e insinuaciones de carácter sexual y espiar a otras personas en los sanitarios.

Los funcionarios deberán evitar conductas como “tener contacto físico sugestivo o de naturaleza sexual, como tocamientos, abrazos, besos, manoseo, jalones”, indica

También se debe evitar “hacer regalos, dar preferencias indebidas o notoriamente diferentes o manifestar abiertamente o de manera indirecta el interés sexual por una persona”.

Se restringe “expresar comentarios, burlas, piropos o bromas hacia otra persona referentes a la apariencia o a la anatomía con connotación sexual, bien sea presenciales o a través de algún medio de comunicación”.

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Y tampoco se permite “llevar a cabo conductas dominantes, agresivas, intimidatorias u hostiles hacia una persona para que se someta a sus deseos o intereses sexuales, o al de alguna otra u otras personas”, ni “espiar a una persona en su intimidad, o mientras ésta se cambia de ropa o está en el sanitario”.

El reglamento es obligatorio en cualquiera de sus niveles jerárquicos, incluyendo al personal de base y sindicalizado, y su incumplimiento será objeto de denuncia, conforme a lo dispuesto en el artículo 24 del presente instrumento, señala el documento.

Asimismo, el código será un instrumento orientador para la conducta del personal que preste servicio social, prácticas profesionales, u otras personas que no se encuentren previstas como servidoras públicas.

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