Reforma al Poder Judicial, experimento sin garantías
La consulta extraordinaria es un proceso que no está normado por las leyes del Poder Judicial a diferencia de la acción de inconstitucionalidad, por lo que una resolución en contra de la ampliación de mandato no garantiza el mismo resultado que el procedimiento regular
Carlos MontesinosLa reforma más ambiciosa al Poder Judicial en los últimos años, aprobada el pasado mes de abril en el Congreso de la Unión y publicada en el Diario Oficial de la Federación un día después de la jornada electoral, el 7 de junio, quedó empañada por la inclusión del artículo 13 transitorio, que amplía el periodo del ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal por dos años más.
La consulta de Arturo Zaldívar a sus compañeros de tribunal para resolver esta parte de la reforma no solo va encaminada a determinar si el artículo 13 es constitucional, sino que abarca temas como la capacidad de la Suprema Corte para pronunciarse sobre normas generales que pudieran vulnerar su independencia y hasta el número de votos que se requiere para esto.
Este mecanismo es más bien hechizo, ya que no cuenta con una reglamentación clara a pesar de que hay antecedentes de su implementación, como el que realizó el entonces ministro presidente Genaro Góngora Pimentel a inicios de este siglo para ratificar la división de poderes en un caso relativo al Instituto Federal de Concursos Mercantiles.
Mientras la ley es clara en cuanto a las acciones de inconstitucionalidad, las cuales requieren una mayoría de ocho votos de los 11 ministros que componen el pleno de la Suprema Corte, la consulta extraordinaria carece hasta de estas normativas. Razón por la que Zaldívar incluyó en su listado de preguntas el que se determine cuántos votos son necesarios para invalidar una norma general y si el tribunal está facultado para pronunciarse sobre la constitucionalidad de estas.
Para la diputada Martha Tagle, quien integra el bloque que impulsa la acción de inconstitucionalidad contra la ampliación de mandato de Zaldívar, es en estas ambigüedades en las que la consulta extraordinaria se queda corta para determinar la validez respecto al artículo 13 transitorio de la reforma judicial. Advirtiendo que, aún pronunciándose en contra, este podría quedar latente.
“Eso nos parece que define la consulta extraordinaria. Está contemplada en la ley orgánica, pero, como su nombre indica, es de carácter extraordinario, no es un proceso que incluso esté bien definido”.
En ese sentido, el académico de la UNAM, Tito Garza Onofre, postula que el recurrir a la consulta extraordinaria para determinar la constitucionalidad de la ampliación del mandato sienta un precedente negativo para el Poder Judicial. Dado que abre la puerta a que la práctica sea replicada en un futuro próximo.
“Si un ministro o ministra quiere llamar sobre un asunto concreto para resolverlo, es probable que esta vía extraordinaria se entienda como una manera rápida, sin reglas, muchísimo más política para poder enfrentar el problema que se presente. Por eso, a mí, lo que más me sorprende es que Zaldívar haya cambiado el discurso, originalmente dijo que iba a estar atento a los medios de defensa constitucional que se presenten, que iba a esperar los tiempos”.
Al cierre de esta edición, el pleno de la Suprema Corte dio entrada a la consulta de Zaldívar y el ministro Franco González-Salas fue confirmado como el ponente, a quien le corresponde por tradición al ser el decano del pleno, además de que su periodo culminará en diciembre próximo.
La mancha del cambio del Poder Judicial
La determinación que tomen los 11 ministros de la Suprema Corte será fundamental para el futuro del Poder Judicial y la credibilidad del Tribunal.
Además podría impactar en otros avances propuestos en la reforma que el mismo Zaldívar cabildeó con el gobierno de López Obrador y sus mayorías legislativas, tales como el servicio profesional de carrera, el combate al nepotismo o el fortalecimiento a la Defensoría Pública.
Del bloque de diputados que busca impedir la ampliación de mandato, Tagle adelanta que, en lo particular, Movimiento Ciudadano también buscará combatir otros aspectos de la reforma judicial que, consideran, concentran el poder en la cabeza de la SCJN y por consecuencia en el titular del Consejo de la Judicatura.
“La reforma judicial tiene aspectos que deberían revisarse porque ponen en entredicho la autonomía e independencia, concentra el poder en manos de la Judicatura, de manera particular en quien la preside. Eso viene a trastocar la vida interna de la Corte. Cuenta con un diseño institucional que, hasta ahora, ha venido funcionando, si bien se puede seguir revisando. Nos parece que puede tener poderes discrecionales quien tenga el control de todo esto en sus manos”.
Por su parte, Garza Onofre considera que la manera en la que se cabildeó la reforma entre el Ejecutivo y el Judicial, así como su aprobación en el Legislativo, deja un mal precedente respecto a la colaboración entre poderes para este tipo de modificaciones. Esto, aunque ve digno de reconocimiento apartados de la reforma en temas de género, combate al nepotismo y la creación de nuevos tribunales.