SCJN: escuelas privadas no pueden retener documentos

El menor fue dado de baja por la institución, además de que se le negó la entrega de las calificaciones y los exámenes.
Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
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Las escuelas privadas no podrán retener los documentos de sus alumnos por falta de pago de colegiaturas, declaró la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En este sentido, le fue concedido un amparo a una madre que le fueron retenidos los papeles de su hijo menor de edad, por el Colegio Ateneo Victoria, ante la falta de pago.

De acuerdo con el reporte, el menor fue dado de baja por la institución, además de que se le negó la entrega de las calificaciones y los exámenes.

Por ello, la Corte consideró que al negarse la entrega de los documentos, se obstaculiza el derecho de acceso a la educación.

“La expulsión y baja del menor quejoso es un acto cuya generación deriva de una fuente contractual y, por tanto, se controla mediante un contenido convencional específico. Por tanto, este acto no supera el primer paso del test, ya que no se acredita el nexo entre el acto del particular y una potestad normativa atribuida al Estado”.

Con la decisión de la corte, el escuela tendrá que devolver inmediatamente las evaluaciones y los exámenes del menor de edad. 

Asimismo, en un futuro la institución tendrá que abstenerse de retener los documentos que sea expulsado o dado de baja por falta de pago.

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