La Suprema Corte tiene buenas y malas noticias para Uber

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el servicio de Uber no puede ser administrado bajo la misma regulación que los taxis convencionales, pues son dos sistemas diferentes de transportes público.

Los ministros resolvieron este martes una acción de inconstitucionalidad promovida por el Congreso de Yucatán, el cual buscaba aplicar la misma regulación de los taxis tradicionales a servicios como Uber y Cabify, entre otros.

“La modalidad de transporte de pasajeros contratada a través de plataformas tecnológicas no resulta comparable con el marco regulatorio aplicable a otros servicios de transporte de pasajeros como el de taxis”

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el servicio de Uber no puede ser administrado bajo la misma regulación que los taxis convencionales, pues son dos sistemas diferentes de transportes público.

Los ministros resolvieron este martes una acción de inconstitucionalidad promovida por el Congreso de Yucatán, el cual buscaba aplicar la misma regulación de los taxis tradicionales a servicios como Uber y Cabify, entre otros.

“La modalidad de transporte de pasajeros contratada a través de plataformas tecnológicas no resulta comparable con el marco regulatorio aplicable a otros servicios de transporte de pasajeros como el de taxis”, señaló la Corte en un comunicado.

Sin embargo, no todo fueron buenas noticias para Uber, pues la Corte también resolvió que el Congreso de Yucatán cuenta con todas las facultades para regular el servicio en la entidad, pues también se trata de un servicio de transporte público.

Esto quiere decir que, si bien las autoridades de Yucatán no pueden aplicar a Uber el mismo marco regulatorio de los taxis, si pueden crear una nueva regulación para administrar esta clase de servicio vía plataforma electrónica.

“La SCJN determinó por mayoría de ocho votos que el Congreso del Estado de Yucatán es competente para regular el servicio prestado a través de plataformas tecnológicas al traducirse en un aspecto relativo al transporte”, señaló la Corte.

La Suprema Corte reconoció que el caso es extremadamente complejo, pues se trata de agentes particulares que brindan un servicio público, lo que hace necesario que se cree una regulación especial para esta clase de servicios.

Yucatán es una de las entidades en las que Uber ha tenido mayores complicaciones, incluso se le ha impuesto que condiciones especiales para laboral, por ejemplo deben tener una antigüedad no mayor a siete años.

Dentro del caso que llegó a la Corte también se discutía si era constitucional los requisitos de que el los automóviles tuvieran un precio mayor a 200 mil pesos, aire acondicionado y equipo de sonido, los cuales por falta de votos no fueron declarados inconstitucionales.

Si bien esta resolución sólo aplica para Yucatán, puede sentar un importante precedente sobre la regulación de Uber en todo el país, así como la cuestión de que agentes particulares brinden un servicio público. 

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