La Sala Super del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el Decreto de interpretación auténtica del concepto de “propaganda gubernamental”, dentro del procedimiento de revocación de mandato, es inaplicable.
Dicho decreto fue publicado apenas el pasado 17 de marzo, en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
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Además, el TEPFJ confirmó las medidas cautelares dictadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), a través de las cuales ordenaron a Layda Sansores, gobernadora de Campeche, y al partido Morena, eliminar de sus redes sociales la publicación en apoyo al Presidente de la República.
Dichas publicadores fueron retiradas, ya que el TEPJF consideró que se tratan de propaganda gubernamental difundida en el periodo prohibido, por la revocación de mandato, lo que INE además consideró ilegal.
Tras la propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, la magistrada y los magistrados que votaron a favor concluyeron que el Decreto de interpretación auténtica es inaplicable a los casos de revocación de mandato, debido a que no se realiza una interpretación auténtica del concepto “propaganda gubernamental”.
El TEPJ argumentó esto debido a que este decreto establece una excepción a la prohibición de este tipo de mensajes, durante el desarrollo de un proceso de revocación de mandato, lo cual es violatorio de la restricción prevista en la propia Constitución general.
Los magistrados también consideraron que al establecer esta excepción se realiza una modificación sustancial a las reglas de comunicación política en la revocación de mandato, lo que está prohibido por la Constitución.
Por ello, determinaron que las publicaciones que fuero objeto de denuncia, como el comunicado titulado “Gobernadores y gobernadoras de la 4ta Transformación”, sí podrían ser propaganda gubernamental prohibida.
Estos razonamientos, planteados en relación con dicho documento, ya habían sido analizados y desestimados por la Sala Superior del TEPJF.
El proyecto del magistrado De la Mata Pizaña fue aprobado con cinco votos a favor y dos en contra.
BOLETÍN | El #TEPJF declaró inaplicable el Decreto de interpretación auténtica sobre “propaganda gubernamental” en la revocación de mandato y confirmó que MORENA debe retirar un comunicado.
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— TEPJF (@TEPJF_informa) March 29, 2022
La denuncia
Fue el partido Movimiento Ciudadano (MC) el que presentó una denuncia en contra de la gobernadora de Campeche y de Morena, por difundir el pasado 13 de febrero en sus redes sociales, el comunicado “Gobernadores y gobernadoras de la 4ta Transformación”.
MC consideró que este documento representaba propaganda gubernamental, a favor del presidente, en periodo prohibido debido al proceso de revocación de mandato, que se encuentra en curso.
Por su parte, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró procedentes las medidas cautelares solicitadas por MC y ordenó retirar las publicaciones denunciadas.
Ante estas medida, Morena impugnó esta determinación, alegando, que las publicaciones no son propaganda gubernamental, sino posicionamientos políticos.
Poco después, el pasado 17 de marzo, Morena y sus aliados aprobaron en el Congreso de la Unión el Decreto que permitía a los servidores públicos promover la consulta de revocación de mandato del próximo 10 de abril, pese a la prohibición de este tipo de actos en la Ley de acción de mandato, promovida por los mismo partidos en 2021.