TEPJF declara invalidez de la consulta de revocación de mandato por baja participación

TEPJF declara invalidez de la consulta de revocación de mandato por baja participación

La Sala Superior del TEPJF concluyó que el proceso de revocación es inválido debido a la baja participación en el ejercicio democrático

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró la invalidez de la consulta de revocación de mandato por la baja participación que se registró en el ejercicio democrático. 

De acuerdo con el organismo, el proceso de revocación del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) no es válido debido a que no contó con el 40 por ciento de participación del electorado, marcado por la constitución. 

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El conteo de participación confirma que solo 16 millones 502 mil 636 personas, equivalentes a el 17.77 por ciento del total de las inscritas en la Lista Nominal de Electores, votaron en la consulta.

Por ello, magistrados del TEPJF decidieron declarar la invalidez de la revocación de mandato. 

Notificarán irregularidades a Fiscalía Especializada 

Tras la eliminación de 21 páginas, en las que se detectó “falta de integridad electoral”, esta mañana fueron incluidas en la sentencia donde se desechaban las quejas de todos los partidos políticos. 

Sin embargo, los magistrados aprobaron dar vista a las instancias correspondientes para que investiguen y deslinden responsabilidades de las y los servidores públicos que  incurrieron en posibles delitos electorales. 

“Que investiguen y en su caso sanciones actos potencialmente violatorios y se alertará a la Fiscalía Especializada sobre potenciales conductas ilícitas que debería investigar”, mencionaron en la sentencia. 

El pasado martes, la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (Fisel) de la Fiscalía General de la República (FGR) abrió carpetas de investigación contra Adán Augusto López Hernández y Claudia Sheinbaum por promocionar la revocación de mandato.

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