TEPJF: PAN y Marko Cortés no garantizaron equidad en renovación de dirigencia

Con esta decisión, el TEPJF determinó que el proceso en el que fue elegido Marko Cortés no cumplió con las condiciones mínimas para garantizar la equidad
Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Partido Acción Nacional (PAN) no garantizó las mínimas condiciones de equidad en su proceso de renovación de la dirigencia nacional.

Esta decisión contraviene el fallo de la Sala Regional Especializada, que había determinado que no había infracción alguna en el procesamiento en el que resultó reelecto Marko Cortés, actual líder nacional del PAN.

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Estas resoluciones ocurrieron después de que Adriana Dávila Fernández presentó una queja en contra del PAN y de su dirigente, Marko Antonio Cortés Mendoza, por la difusión de diversos promocionales relacionados con el proceso de renovación del Comité Ejecutivo Nacional del PAN.

Según la militante panista, la exposición de Cortés Mendoza en dichos anuncios violaba el principio de equidad en la contienda del proceso interno.

La denunciante consideró que hubo sobreexposición de Cortés, mientras que ninguno de los otros aspirantes contó con presencia en medios de comunicación.

Tras la denuncia de Dávila, la Sala Regional declaró como inexistente la infracción acusada, por lo que la panista decidió impugnar dicha decisión ante la Sala Superior del TEPJF.

Sala Superior del TEPJF revira determinación 

En una sesión pública por videoconferencia, el pleno de la Sala Superior, a propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis, determinó que el PAN actuó con falta de diligencia al no asegurar que el proceso de renovación de la dirigencia interna se desarrollara conforme al principio de equidad. 

Esta determinación queda probada, de acuerdo con los magistrados de la Sala Superior, después de que no se realizara la sustitución de los spots en los que aparecía el presidente del PAN presentando los logros del partido en el proceso electoral anterior. 

Por ello, decidieron revocar la sentencia dictada por la Sala Especializada al considerar que la sobreexposición de la imagen de Marko Antonio Cortés Mendoza produjo condiciones de inequidad que propiciaron que el proceso electoral interno no se desarrollara conforme a los principios que rigen la materia electoral.

Solo el magistrado José Luis Vargas Valdés votó en sentido contrario, argumentando que los spots promocionales cuestionados se emitieron antes de que el dirigente nacional del PAN se registrara para buscar la reelección, además que la sola exposición de la imagen del líder de este partido político no puede considerarse un factor determinante para que se falte al principio de equidad en dicha contienda.

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