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Transparencia a contrarreloj

Son 27 estados del país los que están dejando la reforma en materia de transparencia para el último minuto. 

Sólo cinco congresos estatales han homologado sus leyes de transparencia y el plazo para cumplir con este mandato constitucional vence el próximo 5 de mayo.

Faltan 105 días para echar a andar 27 legislaciones en materia de transparencia y rendición de cuentas en los estados y con ello cumplir con las obligaciones de la reforma constitucional aprobada en mayo de 2014.

105
días faltan para echar a andar 27 legislaciones en materia de transparencia
La ley de Tabasco fue publicada el 15 de diciembre de 2015 en el Periódico Oficial del Gobierno
"El Instituto considera que hubo omisiones legislativas parciales y se establecieron supuestos, modalidades y restricciones”
INAI
"No puede haber mexicanos de primera y de segunda, dependiendo la entidad federativa, la legislación, el Congreso, el gobernador o el órgano garante de donde habite”
Mauricio Guerracomisionado nacional
https://www.youtube.com/watch?v=vahf02csodg

Son 27 estados del país los que están dejando la reforma en materia de transparencia para el último minuto. 

Sólo cinco congresos estatales han homologado sus leyes de transparencia y el plazo para cumplir con este mandato constitucional vence el próximo 5 de mayo.

Faltan 105 días para echar a andar 27 legislaciones en materia de transparencia y rendición de cuentas en los estados y con ello cumplir con las obligaciones de la reforma constitucional aprobada en mayo de 2014.

Tras la aprobación de la reforma en materia de transparencia se dio un plazo de un año que que quedaran listos el sistema nacional de transparencia, la plataforma nacional y la legislaciones locales. 

Desde entonces los estados que ya cuentan con una legislación al respecto son Coahuila, Tabasco, Jalisco, Chihuahua y Querétaro.

La información del INAI revela que, de estos cinco estados, en dos ha tenido que ejercer acciones de inconstitucionalidad tras la aprobación de su ley: Querétaro y Tabasco. 

La propuesta del Instituto es que las entidades cumplan con lo establecido en la Ley General de Transparencia e, incluso, vayan más allá, pero siempre en favor del solicitante.

El comisionado nacional Mauricio Guerra Ford ha llamado a cumplir con la homologación de la ley en los estados ya que, de no ser así, se interpondrán recursos de inconstitucionalidad que llegarán a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como los presentados en Querétaro y Tabasco.

“No puede haber mexicanos de primera y de segunda, dependiendo la entidad federativa, la legislación, el Congreso, el gobernador o el órgano garante de donde habite, sino que debe haber garantía en todo el país del acceso a la información y la rendición de cuentas”, señala Guerra.

El comisionado del INAI dice que los organismos garantes deberán vigilar que los sujetos obligados cumplan con la publicación de sus obligaciones de transparencia, además de garantizar el acceso a la información cuando éstos no respondan en tiempo y forma una solicitud.

“La nueva normatividad en la materia nos conmina a generar las herramientas e instrumentos para que las personas de todo el país ejerzan su derecho a saber qué hacen sus autoridades y puedan vigilar que todo se realice conforme a la ley”, destaca.

Uno de los objetivos de esta homologalización es que la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) facilite el ejercicio del derecho de acceso a la información consagrado en el artículo sexto constitucional y de los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición) al momento en que un solicitante de información busque obtener información de los sujetos obligados (dependencias) de los tres ámbitos de gobierno, además de entidades como sindicatos y ONG, en materia de recursos públicos que ejerzan.

Asimismo, permitirá, a través de un mismo sitio web, consultar la información de oficio que todos los sujetos obligados deben publicar, de acuerdo con las obligaciones de transparencia, tales como organigrama, sueldos, contratos, entre otros.

¿Y el artículo 6?

En el caso de Querétaro, el INAI consideró que hubo omisiones graves en la promulgación de la ley de transparencia local, al grado que ni siquiera se mencionaba el artículo sexto.

“El Instituto considera que hubo omisiones legislativas parciales y se establecieron supuestos, modalidades y restricciones que no se encuentran consignadas expresamente en el artículo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ni tampoco en la ley general de la materia a que hace referencia el propio artículo sexto fracción VIII en su párrafo segundo y el artículo 116 fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, se pronunció el instituto.

El artículo sexto es el referente a la libre manifestación de ideas y acceso a la información, entre otros.

Dicha acción de inconstitucionalidad fue promovida tras la votación por el pleno del Instituto cuyo procedimiento encuentra inscrito en el nuevo marco de atribuciones del INAI tras la revisión que realiza de las leyes de transparencia de los gobiernos locales, expedidas con motivo del proceso de armonización de las leyes de transparencia estatales con la Ley General de Transparencia.

“El inciso H fracción II del artículo 105 constitucional establece que el organismo garante de la transparencia puede ejercer acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra de leyes de carácter federal, estatal y del Distrito Federal, así como de tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República, que vulneren el derecho al acceso a la información pública y la protección de datos personales”, afirma el INAI.

El Instituto ha dicho que será garante de resguardar el espíritu de la Ley General de Transparencia y por ello promoverá la estandarización de las leyes estatales y con ello buscará que el Sistema Nacional de Transparencia se consolide sobre bases jurídicas sólidas. 

Hoy día faltan 27 leyes y el límite es el 5 de mayo próximo.

En contra de la transparencia

En el caso de la legislación tabasqueña, el pleno del INAI votó por presentar una acción de inconstitucionalidad porque las disposiciones de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Tabasco podrían ser contrarias al derecho de acceso a la información establecido en el artículo sexto constitucional.

La ley de Tabasco fue publicada el 15 de diciembre de 2015, bajo el decreto 235 y se impugnaron “distintas disposiciones de la Ley de Transparencia de Tabasco relacionadas con la integración del Sistema Estatal de Transparencia, los comités de transparencia de los sujetos obligados, las obligaciones de transparencia del Poder Judicial estatal, el concepto de seguridad estatal, el recurso de revisión en materia de seguridad estatal, la exclusión de obligaciones de sujetos obligados y las correspondientes a remuneraciones, equidad de género, responsabilidad del solicitante de información y la invasión de competencia del Congreso de la Unión”.

En la sesión del 11 de enero, los comisionados cuestionaron los conceptos de seguridad estatal y las facultades que otorgaba a los sujetos obligados para reservar una amplia cantidad de información pública.

La comisionada María Patricia Kurczyn Villalobos expresó que el recurso de revisión en materia de seguridad estatal contravenía el principio de inatacabilidad de las resoluciones del órgano garante local.

Sobre la incorporación de la causal que considera como reservada aquella información cuya difusión comprometa la seguridad de la entidad federativa, la comisionada Kurczyn Villalobos expuso que ésta transgrede el principio general del derecho de acceso a la información porque el concepto carecía de precisión y otorgaba a los sujetos obligados la posibilidad de reservar un amplia cantidad de información con base en este concepto.

El comisionado Joel Salas Suárez propuso en esa sesión implementar un mecanismo para comunicar, de manera efectiva, las discusiones que el pleno realiza para presentar una acción de inconstitucionalidad y crear un espacio en el que todos los actores involucrados en el proceso de homologación legislativa local puedan seguir aquellos puntos que el INAI, como cabeza del Sistema Nacional de Transparencia, impugna de las normas estatales.

Los comisionados  se han pronunciado en las discusiones del pleno en procurar el respeto a la autonomía de las entidades federativas, pero garantizar, en tiempo y forma, la expedición de las Leyes locales, alineadas con la Ley General de Transparencia, cuyo límite es dentro de 105 días.

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