Xóchitl Gálvez presenta denuncia ante FGR y SFP por los 20 mil árboles del Tren Maya

La panista Xóchitl Gálvez dijo que aunque los árboles hayan sido talados o reubicados, todo se hizo de manera improvisada y por encima de la ley
Rubén Arizmendi Rubén Arizmendi Publicado el
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Por la remoción de aproximadamente 20 mil árboles para la construcción del Tren Maya, la senadora Xóchitl Gálvez Ruiz presentó dos denuncias, una ante la Fiscalía General de la República (FGR) y otra ante la Secretaría de la Función Pública (SFP), para que se investigue y, en su caso, se castigue a los responsables.

“Es inaceptable que se hayan removido, talado o replantado más de 20 mil sujetos forestales y resulte que, debido al cambio de trazo, el Tren Maya no pase por ahí. Es consecuencia de una improvisación”, acusó la legisladora panista.

A través de un comunicado, Xóchitl Gálvez informó que el tema es de extrema gravedad, no sólo por el daño ambiental que representa la remoción de 20 mil árboles, sino también porque la tala o remoción no fue autorizada por la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) de noviembre de 2020 ni contemplada como “pérdida forestal” en la información que ofrece Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) en su portal de internet.

Los servicios de remoción no debieron haberse contratado ni pagado si no se contaba con la MIA, como lo establecen la Ley de Obras Públicas y la Ley General del Equilibrio Ecológico, denunció.

Lamentó que Fonatur haya intentado aclarar que los 20 mil árboles que se encontraban en el camellón de la carretera federal 307, Cancún-Tulum, no hayan sido talados, sino “rescatados y trasplantados” en diversos lugares de Playa del Carmen, Puerto Morelos y Cancún.

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Como prueba presentaron un video, el cual no muestra que algún árbol se haya embancado: incluso, algunos, por su tamaño, debieron tener al menos 2 m³ de tierra, pero quedaron expuestos sin protección.

La senadora detalló que la Ley General de Responsabilidades Administrativas sanciona como desvío de recursos cuando se utilicen sin fundamento jurídico o en violación de leyes aplicables.

Mientras que el artículo 214 del Código Penal Federal castiga hasta con prisión de dos a siete años el daño a los lugares que un servidor público tenga a su cuidado y el artículo el artículo 418, sanciona con prisión de seis meses a nueve años a quien ilícitamente corte, arranque, derribe o tale algún o algunos árboles.

Es necesario que tanto la FGR y la SFP realicen las investigaciones correspondientes y sancionen a los responsables por este daño irreversible. Este ecocidio no debe quedar impune”, afirmó.

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