Adjudicaciones directas ‘seducen’ al Tribunal Superior de CDMX

El Tribunal Superior de Justicia de la CDMX rebasa los límites de adjudicación directa permitidos en la ley y ello se suma a los derroches que ocurren en el Poder Judicial local
David Martínez David Martínez Publicado el
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En materia de contrataciones, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCDMX) no tiene problemas para pasar por encima de las leyes que debe defender.

La máxima autoridad impartidora de justicia de la capital del país adjudica millones de pesos al año de manera directa, aunque esto va en contra de los marcos legales locales.

El TSJCDMX de 2018 a 2020 ha realizado más del 90 por ciento de sus compras de bienes y servicios sin haberlos concursado, pese a que las normas indican que no se puede exceder el 20 por ciento.

La Ley de Adquisiciones de la Ciudad de México señala que las entidades públicas, órganos autónomos y Poderes de la Unión no deben rebasar el límite de adjudicaciones directas para garantizar las mejores condiciones a la administración pública de la capital.

Incluso, organizaciones como el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) indican que el abuso en la adjudicación directa hace que las compras gubernamentales sean susceptibles a actos de corrupción.

“Esto implica mayor susceptibilidad a la corrupción y representa una barrera a la competencia en las compras públicas”, menciona la investigación del Índice de Riesgos de Corrupción (IRC) del IMCO que fue publicada en 2020.

En crecimiento

De acuerdo con información consultada por Reporte Índigo a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) sobre los procesos contratación celebrados de 2018 a 2020 por el TSJCDMX, el 91 por ciento de las compras de bienes y servicios concretadas por la autoridad de justicia fueron hechas sin concurso.

Respecto a los montos económicos, en ese periodo el Tribunal ha erogado tres mil 454 millones 190 mil 393 pesos en compras. De esa cifra, dos mil 375 millones 042 mil 393 pesos —que representa alrededor de 68 por ciento—, fue gastado en convenios comerciales celebrados directamente.

El porcentaje de contratos por adjudicación directa ha ido en crecimiento gradual de 2018 a 2020, revelan los datos revisados.

En 2018, la instancia de justicia celebró 75 licitaciones públicas y un total de 387 adjudicaciones directas, lo que representa un 83 por ciento del total.

Después, en 2019, el Tribunal llevó a cabo 25 concursos de licitación y firmó 482 contratos directamente, el 95 por ciento, 12 por ciento más que en el año pasado.

Y por último, en 2020, año de la pandemia de COVID-19, la máxima autoridad impartidora de justicia concretó 497 acuerdos por adjudicación directa de un total de 522 contratos, el 95.2 por ciento.

Las excepciones

El TSJCDMX ha infringido la Ley de Adquisiciones de la Ciudad de México al adquirir más bienes y servicios por adjudicación directa que por licitación pública en los últimos tres años.

“Las adjudicaciones directas no podrán exceder del 20 por ciento del volumen anual de adquisiciones, arrendamientos y prestaciones de servicios autorizados, para las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones o entidades”, establece el artículo 55 de la norma local.

Ese mismo apartado detalla los casos de excepción a la licitación en los que está totalmente justificada la adjudicación sin competencia.

Dicho artículo indica que se puede recurrir a la adjudicación sin concurso cuando un proveedor tenga la patente del bien requerido; o cuando peligre o se altere el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región.

También pueden adjudicar de manera directa en casos de desastres producidos por casos fortuitos o de fuerza mayor; cuando se trata de bienes perecederos como alimentos o medicamentos; y, por último, si se cancela un acuerdo por causas imputables al proveedor.

Sin embargo, el marco legal recalca que pese a los casos de excepción, las adjudicaciones sin licitación no deben rebasar el 20 por ciento de las compras durante un ejercicio y solo podrán rebasar esa cantidad cuando el titular de la entidad o dependencia lo autorice.

“La suma de las operaciones que se realicen conforme a este artículo no podrán exceder del 20 por ciento de su volumen anual de adquisiciones, arrendamiento y prestación de servicios autorizado para la dependencia, órgano desconcentrado, delegación o entidad.

“En casos excepcionales, las operaciones previstas en este artículo podrán exceder el porcentaje indicado, siempre que las mismas sean aprobadas previamente por los titulares de las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades, bajo su estricta responsabilidad, y que sean registradas detalladamente en el informe que mensualmente será presentado al Comité o Subcomité, según sea el caso”, explica.

Tribunal, entre derroches

Además de incumplir la ley de adquisiciones local, el TSJCDMX también derrocha millones de pesos del erario pese a las medidas de austeridad aplicadas en la capital.

Reporte Índigo publicó el pasado 3 de agosto en el texto “TSJCDMX, gastos excesivos en personal y eventos”, que el Tribunal Superior aumentó su gasto en servicios personales durante el año 2020 en comparación con el 2019, pese a que está prohibido por la Ley de Austeridad y Transparencia en Remuneraciones de la Ciudad de México, vigente desde el 2018.

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Entre los gastos que más llaman la atención están los millones erogados en bonos conmemorativos y las asignaciones para requerimientos de mandos superiores.

Aunado a esto, en 2020, el Tribunal local se gastó más de 100 mil pesos en vuelos y más de nueve millones de pesos en congresos y convenciones.

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