Código Penal suma críticas

El nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales es apenas un anteproyecto y ya suma críticas y adversarios.

Al menos nueve organizaciones defensoras de los derechos humanos se unieron para enviar una carta a la Comisión de Justicia del Senado, que preside el panista Roberto Gil, para inconformarse por el contenido de este proyecto.

Las organizaciones aseguran que en este nuevo ordenamiento se permitirá la intervención telefónica sin la necesidad de que el Ministerio Público justifique esta medida.

Armando Estrop Armando Estrop Publicado el
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Las organizaciones aseguran que en este nuevo ordenamiento se permitirá la intervención telefónica sin la necesidad de que el Ministerio Público justifique esta medida

El nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales es apenas un anteproyecto y ya suma críticas y adversarios.

Al menos nueve organizaciones defensoras de los derechos humanos se unieron para enviar una carta a la Comisión de Justicia del Senado, que preside el panista Roberto Gil, para inconformarse por el contenido de este proyecto.

Las organizaciones aseguran que en este nuevo ordenamiento se permitirá la intervención telefónica sin la necesidad de que el Ministerio Público justifique esta medida.

Consideran que esto es una clara violación a los derechos humanos y no representa ningún avance en materia penal como se ha presumido será el nuevo código.

Entre las organizaciones que firman el documento  Acces; Al Consumidor A.C., Article 19 oficina para México y Centroamérica; Colaborativo México; ContingenteMX, Electronic Frontier Foundation; Propuesta Cívica A.C.; SocialTIC y Son tus Datos.

“Nos preocupan los retrocesos significativos que el nuevo anteproyecto presenta respecto del anterior, especialmente, la eliminación de la necesidad de que el Ministerio Público justifique las solicitudes de intervención de comunicaciones privadas en atención al principio de esa causa probable.

“Asimismo nos preocupa la ausencia de salvaguardas adecuadas para evitar el abuso de técnicas de investigación, tales como la intervención de comunicaciones privadas y localización geográfica, en tiempo real, de equipos de comunicación móvil”.

El ejemplo que ellos establecen es que el no poner estos candados en el Código es violatorio de lo que establece la Constitución y los tratados internacionales  en materia de derechos humanos.

“De esa manera abre la puerta a la utilización arbitraria de estas herramientas, lo cual puede afectar gravemente la privacidad y la seguridad de cualquier persona”.

La queja principalmente de estas asociaciones es que no se hayan incluido en el anteproyecto todas sus propuestas.

“Consideramos necesario que el anteproyecto incorpore los principios internacionales sobre la aplicación de los derechos humanos a la vigilancia de las comunicaciones.

“Estos principios son el resultado de más de un año de consultas entre la sociedad civil y expertos en privacidad y tecnología, y han recibido el respaldo de más de 300 organizaciones y expertos”.

En la misiva las organizaciones le exigen a la Comisión de Justicia que se modifique el dictamen.

“Solicitamos la modificación del dictamen del Código Nacional de Procedimientos Penales, de manera que sean recogidos los Principios Internacionales sobre la Aplicación de Derechos Humanos a la Vigilancia de las Comunicaciones y se garantice la compatibilidad de este instrumento con las obligaciones de derechos humanos del Estado Mexicano”.

Y es que esta no es la única carencia o crítica al nuevo código. La semana pasada en este diario se publicó que en el ordenamiento al que se intenta darle una careta de transparencia en realidad ensombrece la ya de por sí opaca impartición de justicia en México.

Principalmente porque se establece que a las audiencias podrá entrar el público y los medios de comunicación. Sin embargo la redacción de los artículos al respecto es ambigua y en realidad deja a criterio del juez la presencia de ambos.

Al uso de cámaras fotográficas o de video se les eleva igual que al uso de las armas de fuego, y por ende ninguna de las dos pueden ser introducidas a las audiencias.

En Estados Unidos la Constitución establece en su sexta enmienda que todo ciudadano tendrá derecho a un juicio público. El criterio de publicidad en otros países es garantía de un mejor proceso. 

En el artículo 114 se establece en tan sólo dos párrafos la forma en que se deben de realizar las entrevistas policiales. Teniendo un largo y conocido historial de prácticas tortura en México por parte de los cuerpos policiacos los senadores registraron sólo 64 palabras sobre tema en el documento que se trabaja desde el 2008 y que es de 398 cuartillas.

Se dice popularmente que lo que mal empieza mal acaba. Por el momento, sin que se haya votado en la Comisión de Justicia el Código Nacional de Procedimientos Penales ya está en entredicho.

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