¿Habrá funcionarios que ganen más que AMLO?… Todo depende de la SCJN

La CNDH considera que la Ley Federal de Remuneraciones podría vulnerar derechos humanos de los servidores públicos
Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió este lunes la acción de inconstitucionalidad impulsada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos contra la Ley Federal de Remuneraciones (LFRSP), la cual establece que ningún funcionario puede ganar más que el Presidente de la República.

El proyecto para determinar si es o no constitucional dicha medida, que forma parte del plan de austeridad del próximo gobierno de Andrés Manuel López Obrador (AMLO), será elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán.

La Comisión presentó la acción de inconstitucionalidad el pasado 22 de noviembre ante el máximo tribunal del país, pues ésta podría contener posibles vulneraciones a derecho humanos consagrados en la Carta Magna.

“La CNDH estima necesario que las remuneraciones de los servidores públicos sean reguladas de conformidad con el sistema constitucional mexicano en su integridad, y en ese sentido consideró que la LFRSP no desarrolló, de acuerdo con el texto constitucional, los parámetros o reglas indispensables para hacerla efectiva”, se puede leer en el documento del órgano autónomo.

Los ministros establecieron que el Congreso de la Unión y el Poder Ejecutivo federal deben rendir sus informes dentro de un plazo de 15 días hábiles respecto a la aprobación de dicha ley.

AMLO ha dicho que, al asumir la presidencia, se reducirá el sueldo en un 40 por ciento; es decir, que ganará alrededor de 108 mil pesos al mes.

El pasado 13 de septiembre, la Cámara de Diputados, dominada por Morena, aprobó la LFRSP para que nadie gane más que el presidente.

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¿Juez y parte?

Los ministros de la Suprema Corte deberán analizar una ley que los afecta directamente, pues ninguno de ellos podría ganar más que el presidente.

De hecho, algunos sufrirían una reducción salarial considerable con la ejecución Ley Federal de Remuneraciones.

El tema puede devenir en un intenso debate jurídico, pues el artículo 94 constitucional indica que los sueldos de los ministros no puede ser disminuido durante su encargo.

“La remuneración que perciban por sus servicios los Ministros de la Suprema Corte, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito y los Consejeros de la Judicatura Federal, así como los Magistrados Electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo”, indica el artículo.

Es decir, la Carta Magna da la razón a AMLO, pero también a los ministros de la SCJN, lo cual podría devenir en una largo litigio.

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