Las mujeres que no pudieron desarrollarse profesionalmente por dedicar la mayoría de su tiempo al cuidado del hogar y los hijos tienen el derecho a que se les compense por dicho trabajo en caso de divorcio, resolvió este miércoles la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La Primera Sala se pronunció sobre el caso de una mujer casada bajo el régimen de separación de bienes, quien solicitó a su exmarido una compensación por el 50 por ciento de los bienes que adquirieron durante su matrimonio.
En las primeras instancias, la petición de la mujer fue denegada, pues para tener derecho a dicha compensación debía haber demostrado que nunca tuvo actividades profesionales y se dedicó de manera exclusiva al cuidado del hogar.
La quejosa llevó su casa hasta la Suprema Corte, la cual consideró que esa decisión no protege adecuadamente a aquellas personas que se dedicaron al cuidado del hogar y la familia sin recibir remuneración económica alguna.
Es decir, que las mujeres que no pudieron desarrollarse profesionalmente por dedicar la mayor parte de su tiempo a actividades domésticas, sin recibir remuneración, no pudieron adquirir la misma cantidad de bienes que su pareja, por lo tanto tiene derecho al 50 por ciento de éstos.
La Corte concluyó que se tiene derecho a la compensación cuando el cónyuge que la pida demuestre que se dedicó a las tareas domésticas y que esto le generó algún costo, aun cuando haya dedicado alguna proporción de su tiempo al trabajo remunerado fuera de casa.