La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sostuvo que el principio para decidir la guarda y custodia de los hijos, debe ser el interés superior de los menores de edad, el cual tiene que ser “libre de estereotipos de género”.
La Primera Sala aseveró que en la guarda y custodia de dos hermanas, otorgada a una madre, “por el simple hecho de ser mujer”, se omitió “el análisis de otros elementos necesarios para determinar cuál era el mejor escenario para el desarrollo integral de las menores”.
Detalla que esta decisión se tomó a pesar de que ambos progenitores habían cometido actos de violencia familiar, sin embargo el fallo fue a favor de la madre.
En este sentido, la SCJN aseguró que se aparta de las justificaciones que aseveran que las mujeres gozan de mayor aptitud para cuidar a la familia, con respecto a los hombres.