La Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió un amparo a Miguel Ángel Mancera, jefe de Gobierno de la capital, contra una orden de arresto hasta por 36 horas dictada en 2015 por el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje por el incumplimiento de un laudo.
Los ministros de la Segunda Sala aprobaron de manera unanime el proyecto que establecía que Tribunal de Conciliación carece de facultades para imponer el arresto como medida preventiva, lo que vulneraría el derecho a libertad del jefe de Gobierno.
En 2002 el entonces jefe de gobierno, Andrés Manuel López Obrador, fue condenado por el Tribunal de Conciliación a reconocer la base de plaza de una persona que laboraba en el Registro Público de la Propiedad, además de pagarle las cuotas y prestaciones pendientes del ISSSTE.
López Obrador no impugnó dicha resolución por lo que, por lo que el quejoso demandó incumplimiento del mismo y el caso siguió el litigio varios años más. En noviembre de 2103, el gobierno de la Ciudad de México fue señalado por no cumplir con dichos pagos.
Así, Mancera estaba obligado a demostrar que sus antecesores, López Obrador y Marcelo Ebrard, sí habían realizado dicho pagos y en caso de no poder comprobarlo, su administración tendría que cubrir la cuota o de lo contrario enfrentaría un arresto administrativo de 36 horas.
Mancera se inconformó ante la resolución del Tribunal de Conciliación en 2014 y presentó un amparo que fue a dar hasta la Suprema Corte, el mandatario capitalino argumento que la resolución violentaba su derecho a la libertad.
El Tribunal de Conciliación determinó en 2015 que al no haber cubierto las cuotas, Mancera debería enfrentar el arresto administrativo hasta por 36 horas, sin embargo dicho arresto no podía efectuarse hasta que la Corte se pronunciara, finalmente el Máximo Tribunal le dió la razón al jefe de Gobierno.