Las mujeres acusadas por extorsión por el futbolista Oribe Peralta, Natividad y Mercedes Torres Ricarte interpusieron un amparo por la condena que se les fue asignada por el delito.
Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó el amparo que buscaba revisar y anular su sanción de dos años y nueves meses en prisión por extorsionar a Peralta.
Los ministros argumentaron que el amparo fue rechazado debido a que no se señaló la violación de algún artículo o ley que las haya perjudicado, por lo que el amparo era improcedente.
Asimismo, el amparo fue interpuesto pese a que las hermanas Torres contaran con una suspensión condicional de la condena, lo que solamente las obligaba a presentarse en el juzgado a firmar.
La SCJN también argumentó que de acuerdo a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, sólo pueden revisarse aquellos amparos que hayan procedido inconstitucionalmente en el juicio.
Las acusadas fueron detenidas en agosto de 2014, luego de extorsionar al jugador y obligarle a pagar 250 mil pesos a cambio de no publicar fotografías que comprometían a Peralta.
Fue el mismo delantero del América quien explicó que las fotografías eran selfies que se había tomado con las hermanas.
Recurso de queja previsto en el artículo 97, fracción I, inciso e), de la Ley de Amparo. Procede contra las resoluciones dictadas dentro del incidente de liquidación o cuantificación tramitado en la etapa de ejecución de la sentencia de amparo: https://t.co/Oefve3BeZ4 pic.twitter.com/8Nr5rWXefo
— Suprema Corte (@SCJN) 22 de octubre de 2018