Tribunal ordena recuento en más de 500 casillas de elección mexiquense

El Tribunal Electoral federal ordenó el recuento de 556 casillas, correspondientes a 32 distritos electorales, de la elección de gobernador en el Estado de México, al considerar que en ellas mismas se actualizó alguna de las causas que la legislación local establece para realizar un nuevo escrutinio y cómputo.

Durante la sesión de este jueves, el pleno de la Sala Superior resolvió que los recuentos serán realizados por la Sala Regional Toluca, con apoyo del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) a partir de las 9:00 horas del domingo 27 de agosto.

Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
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El Tribunal Electoral federal ordenó el recuento de 556 casillas, correspondientes a 32 distritos electorales, de la elección de gobernador en el Estado de México, al considerar que en ellas mismas se actualizó alguna de las causas que la legislación local establece para realizar un nuevo escrutinio y cómputo.

Durante la sesión de este jueves, el pleno de la Sala Superior resolvió que los recuentos serán realizados por la Sala Regional Toluca, con apoyo del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) a partir de las 9:00 horas del domingo 27 de agosto.

Los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo y Morena presentaron 88 juicios de revisión constitucional, en los que impugnaron las sentencias dictadas por el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM), insistiendo en 75 de ellos, en su solicitud para realizar un recuento de casillas.

Por lo anterior, el pleno del órgano jurisdiccional ordenó la apertura de “incidentes sobre la pretensión de nuevo escrutinio y cómputo”, pues las solicitudes de recuento deben ser estudiadas antes de analizar el fondo de los juicios presentados por dichos partidos.

En sesión pública, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió por unanimidad 75 incidentes y concluyó que en 556 casillas era procedente el recuento.

Las resoluciones establecieron que dichos recuentos serán dirigidos por la presidenta y los dos magistrados que forman parte de la Sala Regional Toluca.

Como los paquetes electorales se encuentran actualmente en las oficinas de los consejos distritales del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), la Sala Superior determinó que el sábado 26 de agosto deberá realizarse una diligencia de apertura de bodegas y traslado de paquetes.

En esta tarea, los consejos distritales deberán tomar todas las medidas pertinentes para que la documentación no se vea alterada, maltratada o expuesta a riesgo alguno.

Como parte de esas diligencias, los funcionarios judiciales con fe pública designados por la Sala Regional Toluca, se presentarán a partir de las 9:00 horas del próximo sábado 26 en los consejos distritales del IEEM.

En estos actos estarán presentes los consejeros presidentes y secretarios de dichos consejos, y podrían asistir los representantes de los partidos, coaliciones y candidatos independientes, para que en presencia de ellos se abran las bodegas y se dé fe del estado de los paquetes electorales.

Hecho lo anterior, los paquetes serán trasladados a las instalaciones de la Sala Regional Toluca, donde se resguardarán en un lugar debidamente sellado.

Las diligencias de recuento –en las que también podrán estar presentes los representantes de partidos, coaliciones y candidatos independientes– iniciarán el domingo 27 de agosto a partir de 9:00 horas.

De ser posible, la sesión se llevará a cabo de manera ininterrumpida hasta su conclusión, pudiendo continuar el lunes 28 y el martes 29 de agosto.

A partir de los resultados que se obtengan, la Sala Superior del TEPJF tomará en consideración las modificaciones que, en su caso, se presenten, a fin de resolver el fondo de los juicios presentados por el PAN, PRD, PT y Morena.

El pleno estableció que con la emisión de estas resoluciones, se pretende garantizar la certeza del proceso electoral celebrado en el Estado de México.

De esta forma, se cierra una etapa necesaria para que la Sala Superior pueda resolver en definitiva sobre las impugnaciones de la elección de gobernador de dicha entidad.

Lo anterior, a fin de cumplir con la obligación que la Constitución impone al TEPJF, consistente en garantizar la constitucionalidad y legalidad de todos los actos y resoluciones electorales.

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